
NOVEDADES

MEDIDAS BCRA. Comunicación “A†N° 7193 (30/12/2020) – Exterior y Cambios – Adecuaciones
Pagos al exterior:
El BCRA, a través de la presente Comunicación, prolonga la vigencia hasta el 31/03/2021 de las restricciones establecidas por la Com. A 7030 y complementarias, en lo que respecta al acceso al Mercado de Cambios para proceder con pagos al exterior en concepto de:
• Importación de bienes.
• Préstamos financieros otorgados por compañÃas vinculadas del exterior.
Hasta el 31/03/2021, en caso de no cumplir con los requisitos dispuestos por las Comunicaciones A 7030 y complementarias, será necesario obtener conformidad previa del BCRA para poder avanzar con la ejecución de dichos pagos a través del Mercado de Cambios. Respecto del punto de pago por Importación de Bienes, la norma realiza un reordenamiento de las disposiciones que el organismo ha dictado a lo largo del año 2020, sin aplicar cambios sustanciales.
Facturas apócrifas:
Se dispone que las personas humanas o jurÃdicas incluidas por la Administracion Federal de Ingresos Públicos en la base de datos de facturas o documentos calificados como apócrifos, no podrán acceder al mercado de cambios por operaciones de pagos en general, salvo conformidad previa del BCRA. El mencionado requisito no será de aplicación en los casos de cancelaciones de financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades financieras locales, incluyendo consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjeta de crédito.
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