NOVEDADES
IDENTIFICACIÓN DEL CONSUMIDOR FINAL
24
Ene
En tal sentido debe identificarse al adquiriente en operaciones de venta minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $31.590; o cuando la operación sea igual o superior a 15.795 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.
También deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea "comercialización mayorista", salvo que la operación se realice por un importe inferior a $15.795 y sea cancelada por medios electrónicos. Volver